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Prestaciones 87 y 88 del INSS: ¿Qué es?

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) asigna diferentes códigos a cada una de sus prestaciones, clasificándolas en categorías específicas. Las prestaciones 87 y 88 corresponden, respectivamente, a Asistencia Asistencial a Personas con Discapacidad (LOAS) y Asistencia Asistencial a las Personas Mayores (LOAS).

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En este artículo exploraremos en detalle los beneficios 87 y 88, explicando sus características e importancia. Si tienes dudas sobre la clasificación de tu beneficio del INSS y quieres más información, sigue leyendo.

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¿Por qué es importante conocer el Código de Prestaciones del INSS?

Cada tipo de prestación del INSS recibe un código de clasificación de dos dígitos, que refleja sus particularidades. Conocer los códigos de prestación 87 y 88 es fundamental para cumplimentar correctamente los formularios exigidos por el INSS. Además, sólo quienes conocen la categoría de su beneficio pueden solicitar créditos de nómina. También es responsable de determinar la fecha de depósito del beneficio en la cuenta bancaria especificada en la solicitud.

Prestación 87 del INSS: Apoyo asistencial a personas con discapacidad

Amparo Assistencial ao Carrier de Disability garantiza un salario mínimo mensual a personas con discapacidad que no pueden mantenerse económicamente y no pueden contar con el apoyo de un familiar que los cuide.

Es importante resaltar que este beneficio forma parte de la Ley Orgánica de Asistencia Social (LOAS) y no requiere aportes previos al INSS para ser otorgado. Sin embargo, a diferencia de otros beneficios similares, el Beneficio 87 no incluye el pago del 13º salario ni la pensión por fallecimiento.

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¿Quién puede solicitar el beneficio 87 del INSS?

Para calificar para la Asistencia de Amparo para Discapacitados, debe cumplir con ciertos criterios, entre ellos:

  • Tener una discapacidad de larga duración, ya sea física, psíquica, sensorial o intelectual.
  • Tener impedimentos que dificulten su participación social en igualdad de condiciones con otras personas.

Además, el solicitante debe ser brasileño, naturalizado o portugués con residencia fija en Brasil, siempre que cumpla con los criterios de ingresos, que involucran ingresos familiares.

¿Cómo solicitar el beneficio 87 del INSS?

Luego de acreditar el derecho al beneficio, es posible iniciar la solicitud, que implica la inscripción en el Registro Único de Programas Sociales del Gobierno Federal. Si la familia ya está registrada, es necesario actualizar los datos y completar la solicitud. Posteriormente, la solicitud podrá realizarse a través de Mi INSS, siguiendo pasos específicos.

Prestación 88 del INSS: Apoyo asistencial a las personas mayores

La prestación 88 del INSS, conocida como Amparo Assistencial ao Idoso, es una prestación asistencial que no requiere aportes previos al INSS. Al igual que el Beneficio 87, forma parte de la Ley Orgánica de Asistencia Social (LOAS) y garantiza el pago de un salario mínimo.

Es importante señalar que el Beneficio 88 no incluye el pago del 13º salario ni la pensión por fallecimiento. El valor del beneficio sigue los ajustes anuales del salario mínimo, independientemente de las cotizaciones previas del solicitante al INSS.

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¿Quién puede recibir el beneficio 88 del INSS?

Para tener derecho a Amparo Assistencial ao Idoso, es necesario cumplir con los siguientes criterios:

  • Ser brasileño, naturalizado o portugués con residencia permanente en Brasil.
  • Ser mayor de 65 años.
  • El ingreso mensual de la familia debe ser inferior a ¼ del salario mínimo.

¿Cómo solicitar el beneficio 88 del INSS?

Solicitar el Beneficio 88 implica un proceso que se puede iniciar buscando el Centro de Referencia Social (CRAS) de tu ciudad para obtener información y formularios. Luego de completarlo, es necesario programar una atención telefónica y acudir a una Agencia del Seguro Social con los documentos requeridos.

Para quienes prefieren el trámite en línea, es posible realizarlo a través de Mi INSS, siguiendo pasos específicos.

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